Natanael Cano , reconocido cantante de corridos tumbados, fue vinculado a proceso por el delito de cohecho . Drivado de esta situación, el cantante no podrá salir del país sin autorización judicial y deberá firmar en un Juzgado cada dos meses. Sin embargo, muchos desconocen qué es el delito de cohecho y cuál es su sanción. En TV Azteca Chiapas te compartimos los detalles a continuación.
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¿Qué es y en qué consiste el delito de cohecho?
El cohecho, también conocido como soborno, es un delito que ocurre cuando una persona ofrece o da algo de valor (dinero, regalos, favores, etc.) a un funcionario público a cambio de que este realice o omita un acto que está dentro de sus funciones.
El Código Penal Federal establece tres situaciones en las que una persona puede ser acusada de cometer cohecho.
I.- “El servidor público que por sí, o por interpósita persona solicite o reciba ilícitamente para sí o para otro, dinero o cualquier beneficio, o acepte una promesa, para hacer o dejar de realizar un acto propio de sus funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión.
II.- El que dé, prometa o entregue cualquier beneficio a alguna de las personas que se mencionan en el artículo 212 de este Código, para que haga u omita un acto relacionado con sus funciones, a su empleo, cargo o comisión.
III.- El legislador federal que, en el ejercicio de sus funciones o atribuciones, y en el marco del proceso de aprobación del presupuesto de egresos respectivo, gestione o solicite:
- La asignación de recursos a favor de un ente público, exigiendo u obteniendo, para sí o para un tercero, una comisión, dádiva o contraprestación, en dinero o en especie, distinta a la que le corresponde por el ejercicio de su encargo;
- El otorgamiento de contratos de obra pública o de servicios a favor de determinadas personas físicas o morales”.
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¿Cuál es la sanción para quien cometa delito de cohecho?
El Código Penal Federal también establece las sanciones que se impondrán a quien comenta delito de cohecho, las cuales son tres:
- “Cuando la cantidad o el valor de la dádiva, de los bienes o la promesa no exceda del equivalente de quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable, se impondrán de tres meses a dos años de prisión y de treinta a cien días multa.
- Cuando la cantidad o el valor de la dádiva, los bienes, promesa o prestación exceda de quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos a catorce años de prisión y de cien a ciento cincuenta días multa.
- En ningún caso se devolverá a los responsables del delito de cohecho, el dinero o dádivas entregadas, las mismas se aplicarán en beneficio del Estado”.
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